Dr. FREDER ARREDONDO BAQUERIZO|DECANO DE LA FACULTAD
Al asumir el cargo de Decano de la Facultad de Antropología de la Universidad Nacional del Centro del Perú, luego de las elecciones realizada el 4 de octubre 2019, en la que participaron docentes y estudiantes, teniendo como base legal la Ley universitaria N.º 30220 art 69º, el Estatuto Universitario art. 50º y el Reglamento General de Elecciones del Comité Electoral Universitario art. 31° y 33°, la ley Orgánica de Elecciones N°26859 art. 287°.
Asimismo, a invitación al conversatorio informativo de las propuestas de gestión estratégica realizado el 02 de octubre 2019, se intercambió puntos de vista sobre los problemas de la Facultad y posibilidades de mejora, lográndose un diálogo intercultural de sensibilización y empoderamiento sobre el compromiso de concretizar los objetivos estratégicos en responsabilidad compartida con los actores sociales del interno y del externo.
Para el presente plan también se pretende replicar lo aprendido en el curso taller de Habilidades gerenciales y liderazgo que se ajusta a lo cometido.
FUNCIONES DEL DECANO
Las funciones se regirán estrictamente teniendo en cuenta el sistema normativo y documentos base institucional, especialmente el Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI). Así tenemos:
Art. 70° (Ley 30220). El Decano tiene las siguientes atribuciones: Presidir el Consejo de Facultad.
- Dirigir administrativamente la Facultad.
- Dirigir académicamente la Facultad, a través de los directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Posgrado.
- Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y ante el Consejo Universitario, en los términos que establece la presente Ley.
- Designar a los directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades de Posgrado.
- Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes y estudiantes que incurran en faltas conforme lo señala la presente Ley.
- Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.
Las demás atribuciones que el Estatuto le asigne.
Art. 51° (Estatuto UNCP). El Decano tiene las siguientes atribuciones:
- Presidir el Consejo de Facultad.
- Convocar a sesiones ordinarias de Consejo al menos una vez al mes y a sesiones extraordinarias a solicitud de un tercio de los miembros del Consejo de Facultad o cuando la Facultad lo requiera.
- Gestionar los procesos estratégicos, misionales y de apoyo de la Facultad.
- Dirigir académica y administrativamente la Facultad, a través de los directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Posgrado.
- Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y ante el Consejo Universitario, en los términos que establece la Ley Universitaria N° 30220 y el presente Estatuto.
- Designar a los directores de las Escuelas Profesionales, de los Institutos de Investigación especializados y de las Unidades de Posgrado.
- Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes y estudiantes que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el presente Estatuto.
- Gestionar las plazas para la promoción de los docentes a una categoría inmediata superior en coordinación con las autoridades pertinentes.
- Gestionar las plazas para la contrata de docentes en coordinación con los Directores de Escuela y Directores de Departamento Académico.
- Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el Plan Estratégico, Plan Operativo, Presupuesto de la Facultad.
- Presentar al Consejo de Facultad su Informe de gestión semestral y memoria anual.
- Liderar el proceso de acreditación de las carreras profesionales.
- Liderar el sistema de gestión integral de la calidad y responsabilidad social de la Facultad.
- Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, cuando son de su competencia; así como los de Consejo de Facultad.
- Presentar al Consejo de Facultad el plan anual de capacitación docente, en coordinación con el Director de Departamento y Director de Investigación.
- Supervisar el uso adecuado del logo de la Facultad por entidades externas, a través de la aprobación de sus planes, presupuesto, personal involucrado y supervisión que garantice la calidad de los eventos auspiciados, de acuerdo al reglamento específico.
- Las demás atribuciones que la Ley Universitaria N° 30220, el Estatuto y el Consejo de Facultad le asigne.
El PEI 2017-2022, contiene los siguientes objetivos estratégicos Institucionales:
- OEI 1: Mejorar la formación académica y profesional de los estudiantes universitarios.
- OEI 2: Mejorar la calidad de la gestión institucional de la Universidad Nacional del Centro del Perú.
- OEI 3: Fortalecer la investigación científica en la comunidad académica.
- OEI 4: Mejorar la calidad de los servicios de extensión universitaria en la comunidad.
- OEI 5: Gestión de riesgos de desastres